En muchos proyectos, el área donde se considera realizar el desarrollo no tiene uso de suelo asignado o el uso de suelo existente no cumple con los criterios mínimos para el desarrollo. En estos casos es necesario realizar una asignación de uso de suelo.
- Desarrollo de planos: Se requerirá de un arquitecto idóneo para el desarrollo y firma de los planos. En caso de que el proyecto tenga una superficie igual o superior a 10 hectáreas o se considera asignar más de dos usos de suelos, se requiere presentar un Esquemático de Ordenamiento Territorial (EOT).
- Presentación: Debe ser presentado al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT). Debe incluirse el certificado de registro público de la finca y de la sociedad (mínimo de vigencia de 3 meses), luego, la entidad se comunica con el arquitecto o el representante para solicitar cambios y recomendaciones
- Consulta ciudadana: Luego de la revisión técnica, se procede a realizar el proceso de consulta ciudadana. Luego de pasar su revisión técnica, se procede con el proceso de consulta ciudadana, durante el cual se coloca pública la intención de asignación de uso de suelo. El público en general puede indicar sus comentarios e inconformidades.
- Aprobación: Se obtiene la aprobación del uso de suelo sobre el desarrollo propuesto. Luego del proceso de consulta ciudadana, el oficial del MIVIOT prepara el informe técnico interno y envía al departamento legal para incluir el fundamento legal. Cuando este documento está perfeccionado, se envía al ministro para la firma de la resolución.